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Boletín: Junio 2010

Boletín mensual de noticias Junio 2010

interdomain
  • Registramos dominios desde 1997

    Interdomain ofrece el servicio de registro y gestión de nombres de dominios en países de los cinco continentes. Ofrecemos un servicio rápido y eficaz en el registro, renovación y transferencia de dominios. Actualmente tenemos registrados más de 160 mil dominios en todo el mundo.

breves
  • A subasta dominios de 1 y 2 caracteres .vn (Vietnam)

    VNNIC, administrador de los dominios .vn de Vietnam, subastará dominios de 1 y 2 caracteres .vn. La subasta empieza el 11 de julio de 2010 y estarán disponibles poco más de 1.200 dominios.

    Para participar en la subasta, será necesario hacer un depósito previo de 1.700 € para dominios de 1 carácter y de 425 € para dominios de dos caracteres. Con estas cuotas, VNNIC busca prevenir el registro de dominios por parte de especuladores.

  • Registrados dominios .co de una sola letra: e.co y t.co

    El NIC de Colombia inició el pasado 7 de junio, la subasta con fines benéficos del dominio e.co. El dominio alcanzó el precio de 81.000 USD (65.166 €) y fue obtenido por la empresa B52 Media, especializada en asesoría e inversión en nombres de dominio.

    En junio, otro dominio .co también ha tenido repercusión en los medios: t.co ha sido registrado por Twitter. Según ha anunciado la compañía, el t.co será un servicio para acortar enlaces (se evitará que URLs muy largas sean publicadas en el sitio web).

    Si está interesado en registrar dominios .co y .vn, consulte las tarifas y requisitos aquí.

Tribunal de la UE aclara criterios para revocar dominios .eu registrados de mala fe


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) publicó hoy una sentencia en la que precisa los criterios para retirar los nombres de dominio de primer nivel .eu que hayan sido registrados de manera especulativa o abusiva.

La Corte con sede en Luxemburgo señaló que, para apreciar si un nombre de dominio ha sido registrado de mala fe, deben tenerse en cuenta 'todos los factores pertinentes' propios del caso de autos.

El caso 'reifen.eu'

El Tribunal estudió el caso de la empresa austríaca Internetportal und Marketing, que solicitó -en la fase inicial de un proceso que cuenta con varias etapas- el registro del dominio 'reifen.eu' basándose en su marca '&R&E&I&F&E&N&', que había registrado anteriormente en Suecia para cinturones de seguridad.

En la medida en que el carácter especial '&' no puede figurar en un nombre de dominio por razones técnicas, las reglas de transcripción permiten su eliminación.

Por su parte, el titular de la marca del Benelux 'Reifen', registrada para productos de limpieza y ventanas, acudió a un tribunal checo (competente en materia de resolución extrajudicial de controversias relativas a dominios .eu), que consideró que Interportal und Marketing había actuado 'de mala fe'.

Así, le retiró dicho nombre de dominio para transferirlo al titular de la marca 'Reifen'.

Factores para determinar la mala fe

En respuesta a varias cuestiones prejudiciales del Tribunal Supremo austríaco, la Corte europea señaló que, para apreciar la existencia de un comportamiento de mala fe, deben tenerse en cuenta 'todos los factores pertinentes'.

En concreto, pidió considerar, a la hora de obtener el registro de una marca, la intención de no utilizar la marca en el mercado para el que se solicitó la protección, o la presentación 'inhabitual y lingüísticamente irracional' desde el punto de vista semántico y visual de dicha marca.

También el hecho de haber registrado un número elevado de otras marcas correspondientes a denominaciones genéricas, y de haber registrado la marca poco antes del inicio del registro escalonado de dominios .eu.

Por lo que respecta a las circunstancias en las que se registró el dominio .eu, debe tenerse en cuenta el uso abusivo de caracteres especiales o de signos de puntuación, a efectos de la aplicación de las reglas de transcripción contenidas en la normativa comunitaria.

Además, pidió considerar el hecho de haber presentado un número elevado de solicitudes de registro de dominios correspondientes a denominaciones genéricas, como es el caso de Interportal und Marketing.

Por último, el Tribunal señaló que, 'sin el artificio de una marca creada y registrada con el único objetivo de registrar un nombre de dominio deseado durante la primera fase de registro', esa empresa 'debería haber esperado' el inicio del registro generalizado de nombres de dominio .eu.

De ese modo, habría tenido que arriesgarse, 'como cualquier otra persona interesada por el mismo nombre de dominio', a verse adelantada por otra solicitud de registro presentada antes que la suya, según el principio 'el primero que llega es al primero que se atiende'.

Fuente: EFE

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